Contextualización
La Constitución de 1991 reemplaza en su totalidad la que había regido en el país desde 1886. En la nueva Constitución se consagraron, aproximadamente, 60 disposiciones relacionadas con el tema ambiental. A diferencia de la Carta de 1886, que no contenía artículos específicos sobre la materia, la nueva integró por primera vez la dimensión ambiental a los planes de desarrollo. De esta manera, las políticas ambientales tienen la misma importancia que las económicas y sociales.
La Ley 99 de 1993 crea el Ministerio del Medio Ambiente como ente rector de la política y gestión ambiental del país. La citada Ley organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA-, del cual hacen parte los ministerios, los organismos de control y las instancias estatales, cuyas actuaciones pueden tener efectos directos o indirectos en la conservación de las condiciones ambientales del país. También hacen parte del SINA las organizaciones no gubernamentales -ONGs-, las organizaciones comunitarias, las universidades, el sector privado y los gremios de la produccion.
Adicionalmente, la Ley 99 de 1993 crea cinco institutos de investigación como apoyo científico y técnico del Ministerio del Medio Ambiente y sentó las bases para la estructuración de un Sistema Nacional de Información y de Investigaciones Ambientales que debe generar y suministrar, a las diversas entidades públicas y a la ciudadanía, la información requerida para la toma de decisiones. Entre estas entidades se encuentra el Institúto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-.
Al IDEAM le corresponde el levantamiento y el manejo de la información científica y técnica sobre los ecosistemas estratégicos del país, así como establecer las bases técnicas para la zonificación y el use del territorio nacional. Además, también es función suya obtener, analizar, estudiar, procesar y divulgar la información básica sobre hidrología, hidrogeología, meteorología, geografía básica sobre aspectos biofísicos, geomorfología, suelos y cobertura vegetal para el manejo y aprovechamiento de los recursos biofísicos de la nacian. Tiene a su cargo el establecimiento y funcionamiento de las infraestructuras meteorológicas e hidrológicas nacionales para proveer informaciones, predicciones, avisos y servicios de asesoramiento a la comunidad. El IDEAM efectúa el seguimiento de los recursos biofísicos, especialmente en lo referente a la contaminación y la degradación, para apoyar con instrumentos a las autoridades ambientales en la toma de decisiones. El Instituto es el Nodo del Sistema de Información Ambiental del país.
El IDEAM también debe apoyar al Ministerio del Medio Ambiente en la definición y desarrollo de la política ambiental internacional, mediante la realización de investigaciones científicas sobre el cambio global y sus efectos en el territorio colombiano. El Instituto coordina la elaboración de esta Primera Comunicación Nacional, que incluye una actualización de los inventarios de Gases de Efecto Invernadero.
Normatividad sobre Cambio Climático en Colombia
Colombia aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático CMNUCC, mediante la expedición de la Ley 164 de 1994, con el ánimo de buscar alternativas que le permitieran adelantar acciones para abordar la problemática del cambio climático. La ratificación de este instrumento implica el cumplimiento por parte de Colombia de los compromisos adquiridos, de acuerdo al principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y en consideración al carácter específico de sus prioridades nacionales de desarrollo.
En el año 2000 Colombia aprueba el protocolo de Kyoto mediante Ley 629, y en ese mismo año el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – MAVDT- coordinó la elaboración de un Estudio de Estrategia Nacional para la implementación de los Mecanismo de Desarrollo Limpio –MDL- en Colombia que tenía por objetivos evaluar el potencial de Colombia frente al nuevo mercado, identificar las restricciones y desarrollar estrategias para superarlas, así como para promover los beneficios potenciales para el país.
En el año 2001 Colombia presenta la Primera Comunicación Nacional de Colombia ante la CMNUCC, publicación coordinada por el IDEAM que analizó los primeros avances en posibles medidas de adaptación y el inventario nacional de GEI para los años 1990 y 1994.
Posteriormente en el año 2002, el Ministerio del Medio Ambiente y el Departamento Nacional de Planeación, elaboraron los Lineamientos de Política de Cambio Climático a nivel global, que esbozaban las principales estrategias para la mitigación y adaptación al fenómeno en el marco de la CMNUCC, del Protocolo de Kyoto y de la Primera Comunicación Nacional sobre Cambio Climático. En este mismo año es creada la Oficina Colombiana para la Mitigaciòn del Cambio Climático designada para ser el ente promotor e impulsador de todos los proyectos MDL que surgieran en Colombia, favoreciendo la consolidación de proyectos competitivos y eficientemente económicos que pudieran ser transados en el mercado mundial de la Reducción de emisiones CO2.
Adicionalmente en el año 2003 se lanza el CONPES 3242 “Estrategia Nacional para la venta de servicios ambientales de mitigación de cambio climático”, el cual complemento el trabajo ya adelantado y generó los lineamientos esenciales para la introducción de los proyectos MDL dentro de las medidas de mitigación en el contexto nacional.
En el 2004 el MAVDT expide las resoluciones No. 0453 y No. 0454. La primera tiene por objetivo adoptar principios, requisitos y criterios y establecer el procedimiento para la aprobación nacional de proyectos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que optan al MDL. La segunda, tiene por objetivo regular el funcionamiento del Comité Técnico Intersectorial de Mitigación del Cambio Climático del Consejo Nacional Ambiental.
En la Resolución No. 0453 el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es designado como la Autoridad Nacional para el Mecanismo de Desarrollo Limpio - MDL, mediante la nota consular del 22 de mayo de 2002, radicada DM/VAM/CAA 19335 del Ministerio de Relaciones Exteriores, dirigida a la Secretaria de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
Mediante la Resolución No. 0454 del 27 de abril de 2004, se regula el funcionamiento del Comité Técnico Intersectorial de Mitigación del Cambio Climático del Consejo Nacional Ambiental. Entre las funciones asignadas al Consejo Nacional Ambiental, se encuentra la de designar comités técnicos intersectoriales en los que participen funcionarios de nivel técnico de las entidades que correspondan, para adelantar tareas de coordinación y seguimiento.
Actualmente se está realizando el proceso de formulación y definición de la Política de Cambio Climático nacional, mediante un documento CONPES.
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